Aviso Importante para Mexicanos

EL IMPUESTO DE LA HERENCIA EN LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS APLICA A LOS MEXICANOS QUE TIENEN PROPIEDADES O BIENES EN LOS ESTADOS UNIDOS – Y PUEDE SER HASTA EL 35% DE SU PATRIMONIO

ZONA DE PELIGRO:

  • CIUDADANOS O RESIDENTES PERMANENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS:

-Un patrimonio global MAYOR a $5,000,000 USD calculado usando el valor de TODO el patrimonio, sin importar si esta en los Estados Unidos Americanos o en el extranjero.

-Si existen bienes en los Estados Unidos Americanos (no importando el valor) y no los tiene a nombre de un fideocomisso, tendra gastos que se pueden evitar de mas del 10% del valor del bien.

  • EXTRANJEROS Y NO-RESIDENTES PERMANENTES:

-Propiedades y inversiones que se encuentran en los Estados Unidos Americanos MAYORES a $60,000 USD.


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El gobierno federal de Estados Unidos Americanos tiene un impuesto de herencia que tiene la posibilidad de ser muy costoso para los herederos de un patrimonio.  Este impuesto no tiene igual ni en México ni mundialmente. Por esta razón , muchos extranjeros (ciudadanos de otros países) no entienden el costo, los riesgos y la muy real posibilidad de tener una obligación de pagar impuestos por motivo de ser dueño de propiedad o negocio en los Estados Unidos Americanos.

El propósito del actual es de enfocar de manera breve los costos, riesgos, y probabilidades de tener que tributar el pago de impuestos en los Estados Unidos Americanos a la muerte del dueño, y bien, la planeación que se puede actualizar para poder minimizar, y algunas veces evitar el impuesto por completo.

El impuesto patrimonial se debe en el momento de la muerte del individuo.

Actualmente, el impuesto Federal de herencias tiene una porcentaje máximo del 35%. El costo de este impuesto puede ser muy significativo, y sin planeación efectiva de antemano la familia y los herederos de un individuo no podrá recibir el valor de las propiedades, y en su logar el administrador del patrimonio en los Estados Unidos Americanos tendrá que pagar un porcentaje alto del mismo patrimonio al gobierno federal de los Estados Unidos Americanos en forma de un impuesto se la herencia.

Independiente del impuesto Federal de herencias, muchos estados en los Estados Unidos Americanos tienen un impuesto de herencias que aplica a propiedades que se encuentren en esos estados.

A QUIEN LE CORRESPONDE LOS ALTOS IMPUESTOS DE HERENCIA EN LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS?

El impuesto federal de herencias aplica a:

  • Todos los ciudadanos de los Estados Unidos Americanos.

  • Todos los no-ciudadanos que radican permanentemente en los Estados Unidos Americanos.

  • Todos los no-ciudadanos que NO radican permanentemente en los Estados Unidos Americanos, pero que tienen propiedades y/o negocios en los Estados Unidos Americanos en el momento de su muerte.

La suma del impuesto que se tiene que pagar del patrimonio depende de muchos variables, especialmente incluyendo el valor de las propiedades y a donde se encuentran las propiedades en el momento de la muerte del dueño. Planeación cuidadosa antes de que fallezca el dueño puede preservar el patrimonio que se acumulo después de muchos años de trabajo, y a la vez permitir su  preservación y distribución según los deseos del individuo, y no del gobierno Federal de los Estados Unidos Americanos.

CIUDADANOS Y OTRAS PERSONAS RADICANDO DE MANERA PERMANENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS AMERICANOS

Los ciudadanos y las personas que radican permanentemente en los Estados Unidos Americanos son sujetos al impuesto de la herencia con respecto a TODO SU PATRIMONIO – y esto INCLUYE la parte del patrimonio que NO se encuentre en los Estados Unidos Americanos. Se puede decir que casi TODO el patrimonio de uno se considera en calcular el impuesto de la herencia.

El resultado de esta ley plenamente injusta es que un ciudadano de México puede ser sujeto a el impuesto de TODA su patrimonio – sin importar si esta en México, Europa, o los Estados Unidos Americanos, si radican de manera permanente en los Estados Unidos Americanos.

En este caso, el impuesto solo se aplica donde el patrimonio mundial excede $5,000,000.

NO-CIUDADANOS QUE NO RADICAN PERMANENTEMENTE EN LOS ESTADOS UNIDOS

Las personas que no son ciudadanos y/o no radican permanentemente en los Estados Unidos Americanos si son sujetos al impuesto de la herencia con respecto a todo sus bienes, propiedades, y mas que se encuentran en los Estados Unidos Americanos. En este caso, el impuesto solo se aplica donde el patrimonio mundial excede $60,000.

Como ejemplo de lo que el gobierno Federal considera propiedades sujetos al impuesto de la herencia:

  • Casi toda la propiedad personal que se encuentra en los Estados Unidos Americanos, por ejemplo:

    Automóviles

    Arte

    Barcos

    Animales

    Joyas

  • Acciones de una Corporación con base en los Estados Unidos Americanos, por ejemplo:

    Acciones en una corporación cerrada (“Close Corporation” o “S-Corp) que radica en California o Texas.

    Acciones de Microsoft, Google, Apple.

  • Deudas o obligaciones de ciudadanos de los Estados Unidos Americanos, incluyendo:

    Ciertas entidades de gobiernos incluyendo bonos

    Cuentas por cobrar a individuos o compañías,

    Pagares que perteneces a compañías o individuos

  • Propiedades intangibles pueden ser sujetos cundo se emiten en contra de un residente de los Estados Unidos Americanos, una corporación domestica de los Estados Unidos Americanos, o una unidad de gobierno, como:

    Derechos de contrato,

    Buena fe de un negocio,

    Obligaciones por orden judicial,

    Intereses en una sociedad,

    Intereses en una fideicomisos,

    Patentes y marcas registradas,

    Todo tipo de bienes y raíces que se encuentren en los Estados Unidos Americanos, como:

    Casas, apartamentos, condominios

    Oficinas,

    Fabricas,

    Ranchos.

Afortunadamente NO se considera para propósitos del impuesto de la herencia:

  • Depósitos bancarios,

  • Ciertos bonos del gobierno,

  • La liquidación de seguros de vida

CALCULANDO EL IMPUESTO DE LA HERENCIA PARA NO-CIUDADANOS

Hay ciertas deducciones que se aplican ANTES de imponer el impuesto de la herencia. Estas deducciones pueden incluir ciertos gastos, perdidas, deudas, y impuestos que se deben.  Sin embargo, no-ciudadanos de los Estados Unidos que no radican de manera permanente en los Estados Unidos Americanos SOLAMENTE PUEDEN UTILIZAR ESTAS DEDUCCIONES SI PRIMERO DAN UNA CONTABILIDAD DE EL PATRIMONIO MUNDIAL. Esto implica que para propósitos de gozar de estas deducciones se tiene que reportar el PATRIMONIO MUNDIAL al gobierno de los Estados Unidos Americanos, y la deducción solo se puede aplicar a base de los gastos relacionados a los bienes que se encuentran en los Estados Unidos Americanos en relación al patrimonio mundial.

También existen deducciones adicionales relacionadas para transferencias para beneficio del público, caridades, o religiones. También puede existir una deducción para la esposa(0) siempre y cuando sea ciudadana(a) de los Estados Unidos Americanos.

LAS TASAS DE LOS IMPUESTOS DE LA HERENCIA

Después de aplicar las deducciones, se aplica el impuesto con respecto a todo el patrimonio que existe en los Estados Unidos Americanos a una taza del 35%.

Ya aplicada la tasa del 35%, se reduce por $13,000 que corresponde a la valorización del los primeros $60,000 que son exentos de impuestos, y esto se compara con la suma exenta para los ciudadanos de los Estados Unidos Americanos de $5,000,000.

COMO SE IMPONE Y SE COBRA EL IMPUESTO SE LA HERENCIA?

De acuerdo con la ley Federal de los Estados Unidos Americanos el representante del patrimonio es personalmente responsable para el pago oportuno y completo de los impuestos de la herencia. Este representante tiene la obligación legal de presentar la declaración indicando el monto de los impuestos que aplicables. Esta declaración se tiene que presentar durante los 9 meses después del fallecimiento.

Si no se pagan los impuestos, el gobierno federal puede decomisar las propiedades del patrimonio y también la propiedad del representante sin obtener una orden judicial para efectuar el pago de los impuestos de la herencia.

OPORTUNIDADES PARA LA PLANEACIÓN PATRIMONIAL

Lo arriba descrito demuestra de una manera muy breve las posibilidades de tener una obligación de impuestos mayor del 35% con respecto a propiedad y bienes en los Estados Unidos Americanos. Afortunadamente, hay muchos pasos y oportunidades para planear que se pueden utilizar para minimizar o eliminar los impuestos de la herencia relativo a un ciudadano de México.

Dependiendo de la situación exacta que podrá existir, y las circunstancias de cada caso en particular, algunas de estas medidas se pueden investigar para reducir o eliminar el impuesto de la herencia:

  • Evitando obtener la residencia permanente en los Estados Unidos Americanos.

  • Reestructurar el título de propiedad de una manera donde no se considera parte del patrimonio con domicilio en los Estados Unidos Americanos.

  • Hacer regalos que califican dentro la ley antes de la muerte.

  • Transferir ciertas propiedades a entidades legales (persona moral) utilizando de manera prudente los fideicomisos de acuerdo con la ley civil.

  • Operando compañías que radican en los Estados Unidos Americanos directamente o indirectamente por medio de corporaciones en el extranjero o por medio de otras entidades legales.

  • Obtener préstamos o deudas en los Estados Unidos Americanos para reducir el valor del patrimonio.

  • Utilizar seguros de vida y utilizar estrategias específicamente diseñadas para el patrimonio en particular.

Sin embargo, todo tipo de planeación patrimonial se tiene que considerar tomando en cuenta los variables que existen en cada caso individuo, y se tienen que coordinar con un plan global para ofrecer la mejor protección patrimonial.